
Por ello te informamos que si el próximo 25 de mayo no vas a poder acudir a tu colegio electoral por estar de viaje, enfermo o impedido, te recordamos los plazos que tienes para poder ejercer tu derecho al voto:
Web y video explicativos:
Del 1 de Abril al 15 de Mayo
- Solicita personalmente en cualquier Oficina de Correos el impreso para poder votar.
- Rellena y firma el impreso. Entrégalo personalmente en cualquier Oficina de Correos. No olvides tu DNI.
Del 5 de Mayo al 18 de Mayo
- Recibirás en el domicilio indicado toda la documentación necesaria para votar. No olvides que debes recibirla personalmente y con tu DNI, ya que te llegará certificada. (Si no estuvieses en el domicilio con el aviso de correos acude a la Oficina correspondiente).
- La documentación que te envía la OCE de tu provincia:
- Sobre de votación.
- Papeletas de todos los partidos.
- Certificado de estar inscrito en el Censo.
- Sobre para enviar tu voto. En dicho sobre estará impreso tu colegio, sección y mesa donde te corresponde votar.
Del 5 de Mayo al 18 de Mayo
- Tienes hasta el día 22 de Mayo para enviar tu voto, siempre certificándolo, gratuitamente, en cualquier Oficina de Correos.
- Introduce el certificado de estar inscrito en el censo, dentro del sobre dirigido a tu mesa electoral.
Personas Impedidas
- Certificado Médico Oficial, en el que contarán las causas que le impiden votar personalmente. El impreso puede recogerse gratuitamente en el Colegio Oficial de Médicos, sólo este y es gratuito.
- Poder notarial, por el que designa a la persona elegida por el votante para que le represente y se ocupe de tramitar su petición de Voto por Correo.
- La misión del Representante consiste en:
- Presentar en Correos el Impreso de Solicitud de la persona impedida,
que firmará en presencia de un Funcionario, exhibiendo el representante
su DNI original. - A este impreso le acompañará el certificado Médico cumplimentando y el Poder Notarial.
- Una vez recibida la documentación por la persona enferma o impedida, que entregará el cartero personalmente, el representante deberá introducir el certificado de estar inscrito en el censo dentro del sobre dirigido a su mesa electoral y seguirá las instrucciones expuestas para el voto por correo.
- El poder notarial es gratuito.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Por favor, recuerda que si bien NNGG es una organización plural, una de nuestras máximas es el respeto a todas las opiniones